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Res. Nº 12-CEyS/2016, Estructura orgánico-funcional del CESBA.

BUENOS AIRES, 1°de marzo de 2016

VISTAS las Resoluciones Nros. 73-CEyS/14 y 82-CEyS/15, y
CONSIDERANDO:
Que por el primero de los actos mencionados se aprobaron la Estructura Orgánico Funcional, las Responsabilidades Primarias y las Acciones del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, como así también los Niveles y Retribuciones correspondientes al Personal del Ente;
Que por el segundo de ellos se aprobó una readecuación de la citada Estructura, la cual ha permanecido vigente hasta el presente;
Que la experiencia recogida durante la vigencia de las antedichas normas aconseja su revisión y adecuación;
Que en ese orden de ideas, aparece como recomendable establecer las Responsabilidades Primarias de las Áreas a crearse, fijándose un plazo prudencial para que sus titulares eleven a consideración de esta Presidencia la propuesta de Acciones que correspondan a sus respectivas competencias específicas;
Que, en el mismo sentido, se entiende que la fijación de las dotaciones de personal y la determinación de los demás aspectos que resulten ser consecuencia directa de la puesta en vigencia de la nueva Estructura deben ser diferidas hasta el momento en que se establezcan formalmente las Acciones respectivas, de acuerdo con la metodología explicada en el anterior Considerando;
Que el presente acto se emite en ejercicio de la autonomía orgánica y funcional consagrada por el artículo 2° de la Ley N° 3317, reglamentaria del artículo 45 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de las facultades otorgadas al suscripto por el artículo 24 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Apruébanse la Estructura Orgánico-Funcional y las Responsabilidades Primarias del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, que corren agregados a la presente Resolución como Anexo I (Estructura gráfica) y Anexo II (Descripción de Responsabilidades Primarias), los que pasan a formar parte integrante de ésta.
ARTÍCULO 2°: Establécese un plazo de 20 (VEINTE) días corridos contados a partir de la designación de los responsables de cada unidad orgánica, para que eleven a consideración de esta Presidencia la propuesta de Acciones para sus respectivas áreas de competencia.
ARTÍCULO 3°: Derógase el artículo 1°de la Resolución N° 73-CEyS/14.
ARTÍCULO 4°: Derógase la Resolución N° 82-CEyS/15.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.

 


RESOLUCIÓN N° 12-CEyS/16

 

 

 

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