BUENOS AIRES, 25 ABR 2017
ARTÍCULO 1º: Autorízase el pago, a favor de los agentes que se desempeñan en las Plantas de Personal del CESBA, de 1 (UNA) suma no remunerativa de $2.500 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS), la que se liquidará por única vez y se hará efectiva con las remuneraciones del mes de mayo de 2017.
ARTÍCULO 2º: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, a partir del día 1º de abril de 2017, en $1,91 (UN PESO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS).
ARTÍCULO 3º: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, a partir del día 1º de agosto de 2016, en $ 2,04 (DOS PESOS CON CUATRO CENTAVOS).
(…)Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 075-CESBA/17