BUENOS AIRES, 10 ABR 2017
VISTO el Expediente Nº 004-207 /CESBA, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 de las precitadas actuaciones la Gerencia de Relaciones Institucionales solicita la contratación de publicidad en el programa radial “Vuelta y vuelta”, que se transmite por AM 630 Radio Rivadavia los días lunes a viernes de 16 a 19 horas, conforme a la propuesta que se adjunta a fs. 3 de las actuaciones administrativas respectivas;
Que los servicios a contratar consisten en 2 (DOS) micros mensuales a cargo del CESBA, por el término de 3 (TRES) meses;
Que en opinión de la dependencia solicitante, se trata de una emisora de sobrado conocimiento en la opinión pública, siendo uno de los medios con mayor audiencia en la actualidad;
Que a fs. 4 la Secretaría Ejecutiva manifiesta su conformidad con la iniciativa;
Que a la vez la Gerencia de Finanzas y Contabilidad certifica a fs. 6 la existencia de fondos presupuestarios para afrontar la erogación respectiva;
Que tratándose de un proveedor propuesto directamente por el área propiciante, corresponde encuadrar la presente contratación en el artículo 28 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria;
Que el presente acto se emite en ejercicio de la facultad que emana del artículo 25 inc. a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Dispónese la contratación de la productora CHL S.A. (CUIT Nº 30-71466439-1), a partir del día 1º de abril de 2017 y por el término de 3 (TRES) meses, para la producción, a favor del CESBA, de 2 (DOS) micros mensuales en el programa VUELTA Y VUELTA, que se emite por AM 630 RADIO RIVADAVIA, en las condiciones que surgen del presupuesto agregado a fs. 3 de las actuaciones administrativas respectivas.
ARTÍCULO 2º: El precio fijado para la presente contratación es de $35.000 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS) más IVA mensuales.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2017.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 065-CESBA/17