BUENOS AIRES, 04 JUN 2019
VISTO el Expediente Nº 006-317-CESBA/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones la Dirección de Relaciones Institucionales propició la adquisición de servicios de impresión de tarjetas, trípticos e informes;
Que a fs. 4 de los obrados mencionados en el VISTO se agrega la Resolución Nº 095-CESBA/2018, por la cual se autoriza la iniciación del proceso de contratación menor aludido;
Que a fs. 12 se observa la Resolución Nº 096-CESBA/2018, por la que se produce la adjudicación –por renglones- de la comentada contratación;
Que a fs. 31 se adjunta una presentación de la Gerencia Técnico Administrativa que propicia la ampliación de la respectiva orden de compra, ello con relación al renglón adjudicado a la “Cooperativa de Trabajo del Pilar Ltda.”, destacándose que dicha medida equivaldría a un valor aproximado al 43% (CUARENTA Y TRES POR CIENTO) de incremento respecto de los valores contratados originariamente;
Que la regla general impuesta por el artículo 117 de la Ley de Compras y Contrataciones establece que las órdenes de compra podrán ampliarse en hasta un 20% (VEINTE POR CIENTO) del total contratado, aun cuando, de resultar imprescindible, dicha ampliación podrá extenderse hasta un 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de lo contratado, en las condiciones y por los precios originariamente pactados;
Que la situación descripta en el precedente Considerando amerita autorizar la ampliación requerida;
Que a fs. 31 se acompaña la conformidad del proveedor;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Autorízase la ampliación de la Orden de Compra adjudicada a la COOPERATIVA DE TRABAJO EDITORIAL DEL PILAR LIMITADA (CUIT Nº 30-70999941-5) a través del artículo 3º de la Resolución Nº 096-CESBA/2018, para la impresión y provisión de trípticos por una suma total de $25.100 (VEINTICINCO MIL CIEN PESOS), en las mismas condiciones y por los mismos precios unitarios adjudicados originariamente.
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2019.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 041-CESBA/19