BUENOS AIRES, 05 MAR 2018
VISTO la Ley Nº4203 de la C.A.B.A, y la Ley Nacional Nº26.485; y
CONSIDERANDO:
Que esta Presidencia considera necesario implementar en el ámbito del CESBA un Protocolo de Actuación para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género;
Que el objeto de la medida tiende a fortalecer, reconocer y garantizar el respeto irrestricto del derecho de la mujer y de las personas con identidades de genero diversas a una vida libre de toda forma de violencia y discriminación en el ámbito laboral;
Que es necesario promover acciones de prevención para cualquier tipo de situación de violencia y/o discriminación por razón de género en el ámbito del CESBA,
Que las autoridades y personal del Organismo suscriben y sostienen dichos principios
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades otorgadas al suscripto por el artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase el “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GENERO EN EL AMBITO DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES”, que corre agregado a la presente Resolución como Anexo I, y que forma parte integrante de la misma.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN N° 037-CESBA/18