BUENOS AIRES, 31 OCT 2016
ARTÍCULO 1º: Autorízase la realización de las tareas necesarias para la provisión ininterrumpida de energía eléctrica al CESBA a través de la Administración del Consorcio Carlos Pellegrini 587/589 de la C.A.B.A.
En el mismo sentido, autorízase al citado Consorcio para la adquisición de los elementos necesarios para la provisión del servicio solicitado en los considerandos y que motivan el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2°: Apruébase la modalidad de abono, a través del incremento de las expensas comunes mensuales, hasta completar el pago del servicio autorizado por el artículo 1º, por un monto total de $ 9.860 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA PESOS) más IVA.
(…)Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 173-CESBA/16