BUENOS AIRES, 5 JUL 2016
VISTO el artículo 29 de la Ley Nº 3317, y
CONSIDERANDO:
Que la precitada norma establece que el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires se rige por el régimen de contratación vigente para la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el régimen vigente en dicho ámbito es la Ley Nº 2095, su modificatoria y normas complementarias, que en conjunto constituyen el Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 25 del citado régimen establece, como regla general, que la selección del contratista debe realizarse mediante un proceso de licitación pública o concurso público;
Que para que dicha norma se torne operativa en este Consejo, resulta imprescindible la aprobación de un Pliego de Condiciones Generales que se aplique a todo proceso de adquisición de bienes o servicios sustanciado mediante licitación o concurso;
Que en consecuencia, corresponde aprobar el instrumento respectivo;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 24 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase el Pliego General de Bases y Condiciones que, como ANEXO I, corre agregado a la presente Resolución, integrándola, el que será de aplicación a todo proceso de adquisición de bienes o servicios que se sustancie mediante licitación o concurso.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 101-CESBA/16