BUENOS AIRES, 02 ENE 2018
VISTA la renuncia presentada por el señor Secretario Ejecutivo, Dr. Fernando CALVO, y
CONSIDERANDO:
Que dicho funcionario fue designado por Resolución Nº 5-CEyS/16, de fecha 1º de febrero de 2016;
Que la facultad de designar al Secretario Ejecutivo corresponde a la Presidencia del CESBA, conforme surge del artículo 15 de la Ley Nº 3317;
Que por Decreto Nº 499/17 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el suscripto fue designado Presidente del CESBA con efecto a partir del 26 de diciembre de 2017;
Que a raíz de tal circunstancia, el señor Secretario Ejecutivo, Dr. Fernando CALVO, ha presentado la renuncia a su cargo;
Que, por lo tanto, procede aceptar dicha dimisión, agradecer los servicios prestados por el funcionario saliente, y designar a su reemplazante;
Que en este último sentido, el Lic. Rodrigo HERRERA BRAVO reúne las condiciones de idoneidad requeridas para el desempeño del cargo;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 15 de la Ley Nº 3317 y del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Acéptase la renuncia del Dr. Fernando CALVO (DNI Nº 7.621.822) al cargo de Secretario Ejecutivo para el que fuera designado mediante Resolución Nº 5-CEyS/16, de fecha 1º de febrero de 2016, con efecto a partir del día 31 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO 2º: Agradécense al funcionario renunciante los servicios prestados durante su permanencia en el cargo.
ARTÍCULO 3º: Desígnase al Lic. Rodrigo HERRERA BRAVO (DNI Nº 20.213.660) en el cargo de Secretario Ejecutivo del CESBA, con efecto a partir del día 1º de enero de 2018.
ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2018.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, notifíquese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 001-CESBA/18