BUENOS AIRES, 28 NOV 2023
VISTO el Expediente N° 023-CESBA/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones la Gerencia Técnico Administrativa impulsó la contratación de un servicio de catering para 55 (CINCUENTA Y CINCO) personas destinado a un brindis a realizarse en el CESBA para celebrar el próximo fin de año;
Que en consecuencia de ello, y de la estimación realizada acerca de la erogación aproximada que habría de realizarse conforme a valores actuales de plaza, se dispuso la realización de una contratación directa en los términos del art. 28 de la Ley Nº 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Que a través de la Resolución Nº 086-CESBA/2023 se autorizó el inicio del respectivo proceso;
Que de resultas de ello se recibieron 2 (DOS) ofertas, ajustándose a lo requerido solamente la que presentó la empresa Confitería Gran Córdoba SRL, por lo que corresponde que sea adjudicada;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno y el artículo 28 de la Ley N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Adjudícase la contratación directa convocada mediante la Resolución Nº 086-CESBA/2023, cuyo objeto es la realización de un servicio de catering para 55 (CINCUENTA Y CINCO) personas para la celebración del fin de año en el CESBA, a la empresa CONFITERÍA GRAN CÓRDOBA SRL (CUIT Nº 30-64933191-6), en los términos que surgen de la oferta presentada por la empresa y aceptada por el CESBA. El monto total de la contratación asciende a la suma de $244.420 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTE PESOS) IVA Incluido.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 088-CESBA/2023