BUENOS AIRES, 17 NOV 2023
VISTO el Expediente N° 013-CESBA/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones la Gerencia Técnico Administrativa impulsó la contratación del alquiler de dos equipos fotocopiadores multifunción para la sede del CESBA;
Que en consecuencia de ello, se celebró un procedimiento de contratación menor en los términos del art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Que el referido servicio fue adjudicado a la empresa PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (CUIT N° 30-68275747-3), por el término de 1 (UN) año contado a partir del día 1º de noviembre de 2021, en las condiciones que surgen de la oferta presentada por la empresa y agregada al mencionado expediente;
Que atento al vencimiento del plazo contractual, resulta preciso renovar la adjudicación del servicio;
Que para facilitar la sustanciación del respectivo procedimiento, aparece como necesario proceder a la prórroga de la antedicha contratación, por el término de 1 (UN) mes;
Que la empresa contratista ha dado su expresa conformidad a la prórroga en cuestión;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno,
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Prorrógase por el término de 1 (UN) mes, contado a partir del 1º de noviembre de 2022, la contratación del servicio de fotocopiado adjudicado a la empresa PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (CUIT N° 30-68275747-3) mediante la Resolución Nº 035-CESBA/2021, tramitada mediante el Expediente Nº 013-CESBA/2021, en las mismas condiciones pactadas para la contratación original.
ARTÍCULO 2: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 053-CESBA/2022