BUENOS AIRES, 11 NOV 2021
VISTO el Expediente N° 015-CESBA/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones la Gerencia Técnico Administrativa impulsa la contratación de la provisión de cajas navideñas para obsequiar al personal del CESBA;
Que en consecuencia de ello, se celebró un procedimiento de contratación menor en los términos del art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Que en el marco del respectivo proceso se requirieron 3 (TRES) presupuestos, y todas las empresas presentadas formularon sus ofertas;
Que no resultó factible confeccionar un comparativo de ellas, habida cuenta de que ninguna era equivalente con las demás en cuanto a la integración de las cajas respectivas;
Que en virtud de ello, se han priorizado exclusivamente el mejor precio global ofrecido en función del contenido, y los antecedentes del adjudicatario como proveedor del organismo;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno y el artículo 38 de la Ley N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado en el marco del Expediente N° 015-CESBA/2021, cuyo objeto es la contratación de la adquisición de 60 (SESENTA) cajas navideñas para obsequiar al personal del CESBA.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase la presente contratación menor a la empresa FIRENZE SRL (CUIT N° 30-61542491-5), para la provisión de 60 (SESENTA) cajas con productos navideños designadas bajo la denominación “Noche de Paz” conforme a la oferta realizada por la contratista, al valor unitario de $2.980 (DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA PESOS) más IVA.
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 039-CESBA/2021