BUENOS AIRES, 01 JUN 2023
VISTO el Expediente Nº 012-CESBA/2023/2, y
CONSIDERANDO:
Que a través de dichas actuaciones tramita la contratación de un servicio de catering a servirse en ocasión de celebrarse la reunión plenaria del COFES denominada “El rol de los Consejos Económicos y Sociales a 40 años de la democracia: iniciativas, estrategias y desafíos”;
Que dicha reunión plenaria tendrá lugar en la Ciudad de Buenos Aires entre los días 5 y 6 de julio de 2023, en tanto que el servicio que se contrata habrá de cubrir las necesidades de ambas jornadas;
Que a través de la Resolución Nº 026-CESBA/2023 se encomendó a la Dirección de Relaciones Institucionales la organización general del evento;
Que mediante la Resolución Nº 031-CESBA/2023 se autorizó la realización de una contratación directa para contratar el servicio de que se trata;
Que en el marco de ese procedimiento se solicitaron 3 (TRES) cotizaciones, con fundamento en el art. 28 de la Ley Nº 2095 y sus modificatorias y complementarias;
Que la oferta arrimada por la empresa Vuoi S.R.L. contempla 2 (DOS) modalidades, de las cuales la Dirección de Relaciones Institucionales optó por la que, además de los almuerzos y servicios de café, incluye los desayunos;
Que, por lo tanto, corresponde autorizar la contratación respectiva;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno y del art. 28 de la Ley Nº 2095, sus modificatorias y complementarias;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase lo actuado en el marco del Expediente citado en el VISTO, cuyo objeto consiste en la contratación de un servicio de catering a servirse en el marco de la Reunión Plenaria del COFES que se celebrará en la Ciudad de Buenos Aires los días 5 y 6 de julio de 2023.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase la contratación a VUOI S.R.L. (CUIT Nº 30-71427958-7), en las condiciones que surgen de la oferta agregada al expediente, en su modalidad “con desayuno”, por un monto total para ambos días de $16.000 (DIECISEIS MIL PESOS) más IVA por persona, en base a 50 (CINCUENTA) personas, con desayuno incluido.
El precio total de la contratación asciende a $800.000 (OCHOCIENTOS MIL PESOS) más IVA por todo concepto.
ARTÍCULO 3º: Autorízase una erogación en concepto de gratificación al personal encargado de la atención del evento que no podrá superar el 5% (CINCO POR CIENTO) del total del valor del servicio. A tales fines, la suma resultante será rendida mediante declaración jurada, con cargo a la Caja Chica de la Presidencia del organismo, y en carácter de excepción a las normas vigentes en materia de monto máximo a erogar por cada comprobante.
ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, publíquese en la página web oficial del CESBA, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio A. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN N° 038-CESBA/2023