BUENOS AIRES, 28 OCT 2021
VISTO el Expediente N° 013-CESBA/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones la Gerencia Técnico Administrativa impulsa la contratación del alquiler de dos equipos fotocopiadores multifunción para la sede del CESBA;
Que en consecuencia de ello, se celebró un procedimiento de contratación menor en los términos del art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Que en el marco del respectivo proceso se requirieron 3 (TRES) presupuestos, todos los cuales se ajustaron a lo requerido;
Que se confeccionó el respectivo cuadro comparativo de ofertas;
Que conforme lo expresa la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos en el dictamen de su competencia, siendo que todas las ofertas se ajustan a lo solicitado, el criterio de adjudicación debería fundarse en el menor precio ofertado;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno y el artículo 38 de la Ley N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado en el marco del Expediente N° 013-CESBA/2021, cuyo objeto es la contratación del alquiler de 2 (DOS) equipos de fotocopiado multifunción para ambos pisos de la sede del CESBA.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase la presente contratación menor a la empresa PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (CUIT N° 30-68275747-3), por el término de 1 (UN) año contado a partir del día 1º de noviembre de 2021, en las condiciones que surgen de la oferta presentada por la empresa y agregada a las presentes actuaciones.
El precio inicial mensual de la contratación es la siguiente:
a) Abono mensual por cada equipo: $28.965,85 (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS), IVA incluido. El abono incluye 5.000 (CINCO MIL) fotocopias en blanco y negro y 2.000 (DOS MIL) fotocopias a color;
b) Valor unitario de cada copia blanco y negro excedente del abono: $1,44 (UN PESO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS), IVA incluido;
c) Valor unitario de cada copia a color excedente del abono: $8,32 (OCHO PESOS CON TREINTA Y DOS CENTAVOS), IVA incluido
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 035-CESBA/2021