BUENOS AIRES, 09 MAR 2021
VISTO el Expediente Nº 004-CESBA/2021, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las precitadas actuaciones tramitaron las firmas de un Convenio Marco de Asistencia Técnica entre el CESBA y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires y una adenda al Programa de Asistencia Técnica ejecutado entre las partes durante el año 2020;
Que en lo esencial, el primero de dichos instrumentos tiene por objeto dar continuidad al tradicional vínculo de asistencia técnica mantenido entre las partes durante los últimos años, a la vez que el segundo procura extender el plazo de duración del Convenio Específico que se viene ejecutando desde 2020;
Que la Gerencia Técnico Administrativa certificó la existencia de Crédito Presupuestario suficiente para afrontar las erogaciones derivadas de la ejecución del último de los Convenios mencionados;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos tomó en el caso la intervención de su competencia;
Que por lo tanto procede emitir el acto administrativo aprobatorio de lo actuado y de las erogaciones a realizarse;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébanse el Convenio Marco de Asistencia Técnica suscripto en fecha 26 de febrero de 2021 entre el CESBA y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, que como ANEXO I corre agregado en copia a la presente Resolución, integrándola, y la Adenda N° 1 al Programa de Asistencia Técnica vigente entre las partes precitadas, también de fecha 26 de febrero de 2021, que como ANEXO II corre agregado en copia a la presente Resolución, integrándola.
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del Convenio aprobado por el artículo precedente será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 018-CESBA/2021