BUENOS AIRES, 24 ENE 2022
VISTO el Expediente Nº 003-CESBA/2022, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las precitadas actuaciones, la Dirección de Relaciones Institucionales propicia la firma de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A.;
Que ambas entidades ya han suscripto en anteriores ocasiones convenios como el que se propicia, cuya ejecución resultó ampliamente satisfactoria para las partes;
Que en esta oportunidad se procura avanzar en la celebración de un nuevo convenio similar al que fuera ejecutado durante el Ejercicio 2021, modificándose los montos a invertir –producto de la depreciación monetaria ocurrida desde entonces- y los temas a tratar en los informes que se solicitan;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado intervención en el caso, prestando conformidad a la firma del convenio analizado;
Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que así lo autorice;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Autorízase la celebración de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A., cuyo objeto es la colaboración y asistencia de la precitada entidad para la realización de investigaciones en las siguientes áreas:
- Áreas de importancia para la conservación de la fauna en CABA
- Programa Remediar como política pública de salud
- Descentralización funcional en el ámbito de la CABA
- Situación de la seguridad vial en el ámbito de la CABA
El tenor del Convenio a suscribirse debe resultar ajustado al modelo de Convenio consensuado previamente entre las partes, que obra agregado a fs. 4/6 del expediente que se cita en el VISTO.
ARTÍCULO 2º: Los aportes del CESBA destinados al cumplimiento del Convenio cuya celebración se autoriza, no podrán exceder la suma de $30.000.000 (TREINTA MILLONES DE PESOS), y serán girados a UBATEC S.A. con las modalidades y en la oportunidad que surge de la Cláusula CUARTA del texto acordado.
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 006-CESBA/2022