BUENOS AIRES, 03 ENE 2022
VISTA la Resolución Nº 003-CESBA/2021, y
CONSIDERANDO:
Que a través del citado acto se dispuso la asignación, a determinados agentes, del suplemento creado por el artículo 1º de la Resolución Nº 069-CESBA/2018, el cual se otorga a quienes tienen una dedicación especial o asumen responsabilidades que trascienden las obligaciones propias de sus cargos de revista;
Que la percepción de dicho suplemento queda limitada al tiempo por el cual éste fue concedido, por lo que corresponde analizar la procedencia de su prórroga o cancelación definitiva para cada uno de los casos, o la incorporación de nuevos beneficiarios;
Que en todos los supuestos vigentes, se ha considerado oportuno prorrogar la asignación del beneficio a las personas que lo venían percibiendo, por mantenerse las circunstancias de hecho que justificaron, en su ocasión, su otorgamiento;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Asígnase el suplemento previsto en el artículo 1º de la Resolución Nº 069-CESBA/18 a los agentes que a continuación de enumeran y por los montos que en cada caso se indican:
- Julia Inés ORORBIA (DNI Nº 20.007.191): 2.410 (DOS MIL CUATROCIENTAS DIEZ) Unidades Retributivas;
- Luis F. CANTELMO (DNI Nº 14.902.447): 2.410 (DOS MIL CUATROCIENTAS DIEZ) Unidades Retributivas;
- Juan Martín DE LOS SANTOS (DNI Nº 27.082.560) 2.410 (DOS MIL CUATROCIENTAS DIEZ) Unidades Retributivas
- María Guillermina GIORGIO (DNI Nº 23.369.227) 2.410 (DOS MIL CUATROCIENTAS DIEZ) Unidades Retributivas; y
- Matías Javier CHARI (DNI Nº 365.943), 1.205 (MIL DOSCIENTAS CINCO) Unidades Retributivas;
- Stefano CASSIA (DNI Nº 35.972.138), 1.800 (MIL OCHOCIENTAS) Unidades Retributivas;
ARTÍCULO 2º: El plazo de vigencia de la presente Resolución se establece en el término de 12 (DOCE) meses contados a partir del 1º de enero de 2022, pudiendo ser dejada sin efecto en cualquier momento al sólo arbitrio del CESBA, o prorrogada en caso de considerarse oportuno.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas pertinentes del Presupuesto Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 003-CESBA/2022