BUENOS AIRES, 12 ENE 2018
VISTO el Expediente Nº 012-240-CESBA/17, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las precitadas actuaciones se realizó la contratación de un abono de servicios informáticos a cargo de la empresa ZNET SOLUCIONES INFORMÁTICAS SRL;
Que dicha contratación fue materializada a través de la emisión de la Resolución Nº 108-CESBA/17, cuyo testimonio corre agregado a fs. 12/12 vta. del respectivo expediente administrativo;
Que paralelamente, y por las mismas actuaciones, se contrataron los servicios del Lic. Pablo MARTINÉ para desempeñarse como Líder de Proyecto Alojamiento Web;
Que el plazo de duración de la contratación fue fijado en el término de 6 (SEIS) meses contados a partir del 1º de julio de 2017;
Que para el primero de los proveedores mencionados, el valor del abono mensual fue fijado en la suma de $115.452 (CIENTO QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS) más IVA;
Que para el segundo de ellos, el valor mensual de las prestaciones se fijó en $35.000 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS);
Que habiéndose entablado tratativas entre representantes de este Consejo y de ambos contratistas, se ha arribado al acuerdo de reducir el precio de las prestaciones en lo referente al último mes del contrato;
Que en consecuencia, corresponde establecer formalmente los nuevos valores acordados;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Redúcese el precio de los servicios informáticos contratados con la empresa ZNET SOLUCIONES INFORMÁTICAS SRL (CUIT Nº 30-70952651-7) a través del artículo 1º de la Resolución Nº 108-CESBA/17, respecto del mes de diciembre de 2017, a la suma de $ 97.787 (NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS), IVA incluido.
ARTÍCULO 2º: Redúcese el precio de los servicios informáticos contratados con el Lic. Pablo MARTINÉ (CUIT Nº 20-2768861-5) a través del artículo 3º de la Resolución Nº 108-CESBA/17, respecto del mes de diciembre de 2017, a la suma de $ 15.000 (QUINCE MIL PESOS).
ARTÍCULO 3º: Regístrese, notifíquese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 018-CESBA/18